“El
artículo 6, apartado 1, de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de
1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con
consumidores, debe interpretarse en el sentido de que se opone a una
jurisprudencia nacional que limita en el tiempo los efectos restitutorios
vinculados a la declaración del carácter abusivo, en el sentido del artículo 3,
apartado 1, de dicha Directiva, de una cláusula contenida en un contrato
celebrado con un consumidor por un profesional, circunscribiendo tales efectos
restitutorios exclusivamente a las cantidades pagadas indebidamente en
aplicación de tal cláusula con posterioridad al pronunciamiento de la
resolución judicial mediante la que se declaró el carácter abusivo de la
cláusula en cuestión.”
Nunca tan pocas líneas han levantado tanta polvareda en el
panorama social y económico de un país. Ha provocado ríos de tinta, caída de
las bolsas y la aparición de una nueva figura del Derecho " El depredador
de clausulas".
Aún no estaba seca la tinta de la famosa sentencia, los despachos
de abogados, grandes, pequeños, y medio pensionistas, se han lanzado a la caza
y captura de los "clausulistas", para ponerles los ojos como platos
de la "pasta" que van a sacar al banco; pasta de la que ellos, se
llevaran un buen bocado.
La pregunta que muchos os haréis es: Si ya hay una sentencia del
Tribunal Europeo ¿para qué necesito un abogado?.
Os daré mi opinión, que no tengo la seguridad de que sea del todo
correcta.
Al igual que las conocidas como Directivas Europeas que únicamente
afectan a los Estados, y únicamente son de aplicación a los ciudadanos cuando
son transcritas al ordenamiento jurídico español; las sentencias de los
tribunales europeos, no son de ejecutabilidad hasta que dichas resoluciones
sean incorporadas a la Jurisprudencia nacional española. Lo que implica que la
restitución de las cantidades, en sede judicial, tiene aún un largo camino. Más
corto recorrido tendrán aquellos que lleguen a acuerdos extrajudiciales con las
Entidades Financieras.
Respecto a esta aplaudida sentencia, tengo una opinión discrepante
del resto del mundo.
No sé dónde se encuentra la "delgada línea roja" que
separa lo no abusivo, de lo abusivo. Lo financieramente necesario; de lo
financieramente superfluo.
Las llamadas clausulas suelo, no son una única fórmula contractual
uniforme para todas las Entidades Financiera. Cada Banco o Caja establecía las
suyas en función de sus estrategias de mercado y sobre todo sobre la base de su
estructura de costes. A Entidad más eficiente, menor tope en la clausula suelo.
Por establecer un ejemplo entendible para todos. La clausula
suelo, viene a ser como : El mínimo que
todos pagamos en el recibo de la luz; la cuota de línea de nuestro teléfono, o
el término fijo de la factura del gas.
Esta sentencia ha provocado reacciones de todo tipo, lanzando
sobre las Entidades Financieras todo tipo de epítetos nada laudatorios, por
supuesto.
Los "pregoneros" sociales han sacado toda la artillería
para que las iras y las frustraciones de los individuos encuentren una diana
sobre la que disparar.
Desde la noche los tiempos, las Sociedades han tenido dos dianas
preferentes: La Iglesia y la Banca. Diana que se va situando frente a las masas
de forma alternativa según los intereses.
Más allá del soporte legal que afiance la sentencia que, en mi
opinión, es una sentencia abusiva, desproporcionada e irresponsable es
criticable por lo siguiente. Es abusiva y desproporcionada, en contra de la ponderación
y racionalidad presente en la del Tribunal Supremo de España.
Irresponsable en cuanto a la oportunidad de la misma, y las
consecuencias que se pueden derivar de ella.
El Sistema Financiero Español está saliendo, a duras penas, del
pozo en el que cayó, y los ciudadanos españoles nos tuvimos que rescatar para no perder los ahorros de todo el
país. Porque, como he dicho en otras ocasiones, a quien se rescató, no fue a
las Entidades; se rescató a todos los ciudadanos españoles que tenemos nuestros
ahorros grandes o pequeños en los Bancos y Cajas de Ahorros.
Aún se están saneando los balances con duros ajustes en las cuentas
de resultados; ajustes que, en buena medida, está recayendo sobre las espaldas
de los trabajadores del sector tomando diversas formas: prejubilaciones (ya
casi no se hacen); bajas incentivadas; reducción de jornadas y sueldos;
traslados forzosos hasta que trabajador revienta, y todo elenco de formulas
"magistrales" de lo más ingenioso en materia laboral, que llevan a
los empleados al cuasi paro y la miseria.
Si en este escenario se "echa sobre las espaldas" de las
magras cuentas de resultados estas enormes indemnizaciones, no es descartable
que los españoles nos tengamos que
rescatar una segunda vez; dándose la paradoja de que quienes recuperen esas
cantidades por la aplicación de esta sentencia, deban retornar parte de ellas
para salvar , de nuevo, sus ahorros.
Todos parecen interesados en echar una "palada" de
tierra sobre la "tumba" del "moribundo" Sistema Financiero
español; y sus señorías no han querido perder su oportunidad de participar en
la muerte del ya, casi, cadáver.
¿Cuantos puestos de trabajo costará esta sentencia? Lo desconozco.
¿Cómo afectará a las posibilidades de financiación del desarrollo de la
Industria, el Comercio, la Agricultura o los Particulares? No lo sé; pero,
afectará. El fino “hilo” que comenzó a brotar del “grifo” del crédito, es
posible que retorne a su cierre.
Sobre el Sistema Financiero español, pende la "espada de
Damocles" llamada Basilea. Una "guillotina" que cercena de manera
implacable las cuentas de resultados, con exigencias de provisiones sobre activos
de riesgo. A más activos de riesgo, mayor castigo sobre las cuentas. ¿Cuáles
son los mayores activos de riesgo de Bancos y Cajas?: Créditos y Préstamos;
inversiones en empresas; y activos productivos. Si todo eso se ralentiza, se
ralentiza el desarrollo económico español; un lujo que no nos podemos permitir
como nación.
Las victorias "pírricas", no han sido a lo largo de la historia más
que enormes fracasos.
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